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INVERSIONES REALIZADAS EN EL EXTRANJERO FORMULARIOS Resumen práctico de los modelos D6 y 720

José Antonio Almoguera

José Antonio Almoguera

Vamos a hacer un resumen práctico del modelo D6 y del modelo 720, teniendo en cuenta que es necesario que se presenten para evitar sanciones importantes, siempre que se realicen o tengan bienes en el extranjero.

FORMULARIO D6

Es un formulario exigido por el Ministerio de Economía y que hay que presentar siempre que se tengan posiciones de bróker extranjeros, teniendo en cuenta los siguientes puntos:

  • Se presentará por todas aquellas personas que tengan ACCIONES en bróker extranjeros (DeGiro, XTB, Interactive Broker…)
  • Se presenta con independencia del importe de las acciones.
  • El plazo máximo de presentación es el 31 DE ENERO.
  • Presentación telemática o en presencia (también correo).
  • Se incluirán las acciones y participaciones que se tengan en el extranjero.
  • No se incluyen los derivados que tengamos.
  • La multa por no presentarlo puede llegar al 25% del importe invertido, con mínimo de 3.000 euros
  • Si se presenta fuera de plazo la sanción puede llegar a 600 euros.

Los documentos que se hay que adjuntar serán:

  1.    Fotocopia del DNI del titular.
  2.    Fotocopia de los extractos al 31 de diciembre.

En la práctica hay que comprobar con que bróker hacemos las inversiones y, si están domiciliados en el extranjero, presentar el documento, para evitar sanciones.

MODELO 720

Este modelo es una declaración informática sobre los bienes y derechos situados en el extranjero.

Para saber si lo tenemos o no que presentar hay que distribuir los bienes en tres partes:

  1. Cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero.
  2. Valores, derechos, seguros y rentas depositadas o gestionadas en el extranjero.
  3. Bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles situados en el extranjero

Se tendrá que presentar este documento siempre que alguno de los grupos supere los 50.000 euros.

Si se ha presentado otros años, deberá volverse a presentar cuando se haya producido un incremento en cualquiera de los grupos de 20.000 euros.

La fecha de presentación será entre el día 1 de enero y el 31 de marzo.

Para concluir, os recuerdo que si tenemos depositadas acciones en bróker extranjeros TAMBIÉN se deberán incluir, pues son acciones en el extranjero (DeGiro, XTB, Interactive Bróker…).

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